A raíz de la consulta pública abierta sobre la adecuación del Área Marina Protegida Namuncurá/Banco Burdwood, el Foro para la Conservación del Mar Patagónico y Áreas de Influencia preparó una serie de aportes y comentarios.
El Foro para la Conservación del Mar Patagónico y Áreas de Influencia reconoce como muy valioso el esfuerzo de investigación científica y el trabajo técnico en torno al desarrollo del Plan de Manejo en el Área Marina Protegida Namuncurá – Banco Burdwood, desarrollado desde el año 2014 hasta la fecha. En el marco de la actual Consulta Pública para la adecuación de esta área marina protegida, el Foro destaca:
- La propuesta de adecuación y rezonificación asociada constituye una mejora respecto de las medidas de conservación y gestión definidas originalmente por la zonificación de la ley de creación del AMP Namuncurá – Banco Burdwood (Ley Nacional 26.875) y cumple con lo dispuesto en la Ley Nacional 27.037 sobre el Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas. El Foro reconoce como un acierto importante la propuesta de designar la mayor parte del área con la categoría de manejo “Parque Nacional Marino” que asegura un alto nivel de protección, permitiendo sólo actividades de turismo e investigación.
- A partir del reconocimiento que realiza el grupo científico-técnico en relación a los fondos y sus comunidades: ¨La comunidad bentónica del AMPNBB es única y característica del Banco Burdwood, y se distingue de otras comunidades bentónicas de la región¨ consideramos fundamental excluir de toda el área del banco (circunscripta por la isobata de 200 metros de profundidad, límite del área marina protegida establecida por Ley 26.875) cualquier actividad humana que implique extracción, impacto o deterioro de los fondos marinos y sus especies.
- La columna de agua que se encuentra en la franja alrededor del banco Burdwood por encima del talud y sus espacios circundantes resulta clave para la población de sardina fueguina, una especie con un rol trófico clave. Cabe destacar que es probable que el “stock” de sardina fueguina del banco se diferencie de los encontrados en las áreas costeras de Tierra del Fuego. Es por ello que consideramos importante garantizar la protección de esta población, excluyendo del área cualquier actividad humana que pueda implicar extracción u otras presiones sobre la misma.
- Coincidimos con el criterio de los expertos consultados en recomendar que toda el área del banco se encuentre comprendida en una categoría de manejo que excluya las actividades extractivas. Esto encuentra su justificación en: a) los ensambles bentónicos del banco son singulares, únicos y diferentes a los de áreas cercanas y comparables; b) el banco en sí mismo es altamente heterogéneo a baja escala espacial y sin evidenciar un patrón específico, siendo esta característica también única y diferenciable frente a comparaciones con áreas externas del banco.
- Teniendo en cuenta que las áreas marinas protegidas contiguas, creadas por las Leyes Nacionales 26.875 y 27.490 constituyen una unidad ambiental, y considerando la conveniencia de brindar protección especial a los hábitats ubicados en la franja contigua al talud continental, se propone asignar la categoría de Reserva Nacional Marina Estricta al sector de la meseta aledaño al talud en el sector sur de la primera de estas áreas protegidas. El límite norte de este sector propuesto puede ser un paralelo, a los efectos de simplificar su cartografía y favorecer las tareas de fiscalización.
- Nos preocupa especialmente que, en la propuesta sometida a Consulta Pública, el sector Oeste del banco se encuentra comprendido en la categoría de Reserva Nacional Marina (que potencialmente admite actividades extractivas, sujeto a lo establecido en el Plan de Manejo). Cabe destacar que, debido a la configuración de las corrientes y la geomorfología del fondo, en este sector ocurren procesos que facilitan transporte lateral y vertical de nutrientes y seres vivos y por lo tanto, es un espacio clave en la conectividad entre las comunidades del fondo y la columna de agua. Este sector también se destaca por la presencia de las larvas de sardina fueguina y concentra la máxima riqueza de especies fitoplanctónicas. Si bien aún no están claros procesos que determinan estas particularidades, consideramos que debería primar el principio precautorio consagrado en la Ley General del Ambiente N° 25.675. En consecuencia, creemos que el sector Oeste del banco Burdwood debería estar estrictamente protegido, excluyendo las actividades extractivas.
El área Namuncurá / Banco Burdwood comprende una meseta submarina con una profundidad máxima de 200 metros, ubicada aproximadamente a 150 km al este de la Isla de los Estados y a unos 160 km al sur del archipiélago de las Islas Malvinas. Su superficie ronda los 28.000km2. Allí, se destacan los ensambles faunísticos del fondo marino, que incluyen especies endémicas. Peces de interés comercial, como la polaca, la merluza negra y la sardina fueguina, se reproducen en las aguas que rodean al banco.
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